domingo, abril 28, 2024

Tarek William Saab aclara: MP no ha imputado a nadie, solo ha iniciado investigación sobre primaria

Franklin Delgado
Franklin Delgado
Periodista digital

El fiscal general le salió así al paso a las acusaciones del exmagistrado Perkins Rocha, quien acusó que la Fiscalía precalificó delitos

El fiscal general, Tarek William Saab, indicó que Perkins Rocha “tuvo el atrevimiento de lanzar falsas acusaciones” al Ministerio Público (MP) sobre las investigaciones sobre Súmate y la Comisión Nacional de Primaria.

Saab aclaró que el MP no ha imputado a nadie, solo ha iniciado una investigación sobre las denuncias a la elección primaria.

El fiscal general señala que Rocha dijo que “la Fiscalía precalificó delitos en la rueda de prensa” y eso es falso.

“El Ministerio Publico anunció el inicio de una investigación por diversos delitos que se están comenzando a investigar, aún no se han imputado formalmente”, sostuvo en un video compartido en las redes sociales.

Añadió que Rocha acusó que “la Fiscalía reveló material probatorio”. “Es mentira, pues el Ministerio Público no ha revelado material probatorio, solo se señaló que existen denuncias públicas por irregularidades que se difundieron en redes sociales del grave fraude que le estaban haciendo al pueblo venezolano, por lo que la fiscalía le correspondió iniciar una investigación para determinar si hay elementos para comprobar esos hechos”.

Asimismo, dijo que tal jurista señaló que “se vulneran principios de la investigación”, lo cual también es falso, “pues no se está vulnerando ningún principio, ya que se anunció el inicio de una investigación contra una serie de personas que tendrán que acudir al Ministerio Público a demostrar que no están incursos en irregularidades y tendrán la oportunidad de aportar elementos que permitan desarrollar su propia defensa en cada una de las etapas procesales que correspondan”.

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“El Ministerio Público, al momento de recibir una denuncia, de forma obligatoria debe evaluar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en el que ocurrieron los hechos para determinar qué línea de investigación tomará el caso en cumplimiento del artículo 285 numeral 4º de la Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, y de esta manera poder ordenar las diligencias pertinentes y necesarias en el cumplimiento del artículo 111 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal”, concluyó Saab.

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