domingo, abril 28, 2024

¿TE GRADUASTE Y QUIERES CELEBRAR con una caravana? Ahora no se puede y te decimos por qué

El incumplimiento de la norma implica el pago de multas y trabajo comunitario

Mediante una ordenanza publicada en la Gaceta Municipal 4940-23, la Alcaldía del municipio Libertador (Caracas), prohibió las caravanas con motivo de la celebración de graduaciones en esa jurisdicción.

En específico, se trata de la «Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal», aprobada por el Concejo del Municipio el 25 de mayo y que ya entró en vigencia.

La normativa toca un sin fin de aspectos relacionados con la convivencia ciudadana, pero, en el caso en cuestión, los artículos 37 y 38 señalan que las caravanas vehiculares estudiantiles están prohibidas para evitar el riesgo de “la integridad física de los participantes y la de terceros”.

También quiere evitar “la alteración de orden público” y la interrupción «de las actividades consuetudinarias de los habitantes o transeúntes en el Municipio».

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El castigo

El incumplimiento de la ordenanza implica acudir al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, «a fin de imponerles las Medidas de Protección que hubiere lugar y ser entregados a sus padres, madres representantes o responsables».

Además, se establece «al pago en bolívares de 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela (BCV)».

Sin embargo, el instrumento da la opción de que el infractor haga “trabajo comunitario” de la siguiente manera:

Limpiar, restaurar o pintar escuelas u otros centros educativos públicos o privados por un lapso de 20 horas fraccionadas.


Limpiar, restaurar o pintar plazas, ornato y lugares públicos por 20 horas fraccionadas.


Limpiar, restaurar o pintar centros de salud por 20 horas fraccionadas.


Limpiar, restaurar, o pintar las sedes de los organismos públicos municipales por 20 horas fraccionadas.


Colaborar en comedores y otros organismos de la Alcaldía Libertador por 20 horas fraccionadas.


Realizar actividades docentes, vinculadas con la infracción cometida, en los centros educativos y dependiendo del grado del infractor, puede ser hasta ocho horas fraccionadas.

En caso de que el menor infractor no quiera hacer este trabajo, será pasado a la Justicia de Paz del municipio.

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