miércoles, mayo 8, 2024

Oficina de violencia doméstica emite orden de protección para venezolana violada en Argentina

 

La instancia que pertenece a la Corte Suprema de Justicia de Argentina hizo un informe que determina el trauma de la venezolana violada por Irineo Garzón

La Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de Argentina dictó medida de protección a favor de Milagros. Se trata de la  joven venezolana de 18 años violada por Irineo Garzón.

La instancia emitió un informe que determina que hay una situación de “altísimo riesgo psíquico, físico y emocional” para la víctima.

La OVD es la instancia responsable de recibir el relato de posibles víctimas de maltrato.  Elabora informes de riesgo, a cargo de profesionales del derecho, la medicina, la psicología y el trabajo social. Permite evaluar el riesgo al que está expuesta la persona afectada, en el momento en que realiza el relato.

En el caso de la joven venezolana, la OVD concluyó que hay “una clara violencia simbólica y sexual. Un hombre se creía dueño de la voluntad de una mujer, a quien tomaría como un objeto, abusando de su dignidad y humillándola con su accionar”.

La pericia también toma en cuenta las “marcas existentes en su cuerpo”. También la “interseccionalidad de vulnerabilidades” por parte de la joven. Esto, debido a su edad, género, condición de migrante, situación económica. Además de su nivel de instrucción y la enfermedad que atraviesa su padre”.

Asimismo, el informe determina que hay “asimetría de poder” por la condición jerárquica laboral. Esto se deriva de que el presunto abusador era el empleador de la víctima.

Tras escuchar a la joven, la OVD detectó que presenta “un cuadro de estrés pos-traumático”. También “trastornos del sueño, presencia de pesadillas, ansiedad, conductas de aislamiento social, instrospección, temor al afuera y prevalencia de sentimientos de culpa”.

Finalmente, la Oficina concluye que se habrían violado los derechos a la intimidad, integridad sexual, libertad y dignidad de la persona.

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Patrón de comportamiento

El informe también determina que el imputado, Irineo Humberto Garzón Martínez, evidencia “un patrón de comportamiento a repetición”. “Habría ejercido conductas similares con otras mujeres”.

El documento destaca que el acusado presenta características de “manipulación”. Dice que “con su accionar pregonaría un pensamiento estereotipado que sostendría el lugar de la mujer como un objeto a poseer, impunidad, rasgos perversos, modalidad de acecho tendiente a lograr un objetivo“.

Por lo expuesto, la Oficina pide la realización de “una evaluación psicodiagnóstica” al señor Garzón Martínez.

La finalidad del mismo es  “contar con elementos que permitan realizar derivaciones e indicar tratamientos acordes. Todo previendo la reiteración de sus conductas para con otras jóvenes”.

Además, la OVD solicita que se dicten medidas que resguarden la seguridad personal de la joven. también de sus datos personales y de su familia.

Y añade que “más allá de las medidas de protección urgente, se active la protección integral, y se ponga en perspectiva la gravedad de los hechos, logrando que se sancione el accionar abusivo como forma de reparación subjetiva para la víctima, priorizando el deber del Estado de actuar con debida diligencia conforme a la normativa vigente y lo previsto en Convenciones Internacionales”.

 

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