viernes, abril 26, 2024

LA CIDH TEME arbitrariedades de la Ley de Cooperación Internacional y pide que no la sancionen

La CIDH alertó que en Venezuela hay un clima adverso contra las ONG y los defensores de los DD.HH. que atenta contra el derecho a la libre asociación

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) urgen al Estado venezolano a abstenerse de aprobar el proyecto de “Ley de Cooperación Internacional”.

En un comunicado, la Comisión alerta que la “implementación de la norma podría generar restricciones arbitrarias a la labor de organizaciones defensoras de derechos humanos”.

El proyecto entró en discusión en la Asamblea Nacional chavista el 4 de mayo pasado y entre otros aspectos contempla la prohibición, suspensión, restricción o eliminación de las organizaciones de la sociedad civil.

Esto sería consecuencia de la que las ONG “directa, o indirectamente, promuevan o participen con otras asociaciones, organizaciones, gobiernos u organismos internacionales, en la aplicación de medidas coercitivas unilaterales contra la República”.

Lea también: CRIMINALIZAR E ILEGALIZAR a las ONG: lo que pretende Maduro con nueva Ley

Lo que preocupa a la CIDH

Uno de los primeros aspectos de la norma que le preocupan a la CIDH es “el lenguaje ambiguo que pueda dar lugar a una interpretación subjetiva por parte de las autoridades”.

Alerta que “si las actividades realizadas por las organizaciones de derechos humanos en el país son contrarias a los intereses del Estado, puede conducir a su cancelación arbitraria. La libertad de asociación es fundamental para ejercer la labor de defensa de derechos humanos”, remarca la comisión.

Llama la atención acerca de la necesidad de que “los Estados cuenten con organismos competentes para el registro de organizaciones, cuyas directrices para la limitación o restricción del funcionamiento de las ONG, estén en sintonía con el derecho internacional”.

En consecuencia, recomienda que los instrumentos que rijan estas organizaciones “deben evitar marcos legales amplios o con lenguaje vago y ambiguo, que otorguen un excesivo margen de discrecionalidad a la autoridad que lo aplica”.

Asimismo, esa ambigüedad, puede “limitar arbitraria y desproporcionadamente el ejercicio del derecho de asociación y de libertad de expresión”.

El registro y confidencialidad

La CIDH también teme que los requisitos que se exigen a las ONG “no deben impedir, retrasar o limitar la creación o funcionamiento de estas organizaciones”.

Recuerda que “la Corte Interamericana establece que la libertad de asociación debe garantizarse sin intervención o presiones de autoridades públicas que limiten, entorpezcan o alteren el ejercicio de este derecho”.

A su vez, preocupa que “cualquier ciudadana o ciudadano pueda solicitar información sobre las organizaciones inscriptas, con especificación detallada de sus fuentes de financiamiento. Anteriormente, la CIDH ha señalado que las solicitudes de información con base en el interés público, podrían afectar la confidencialidad que requieren las organizaciones con relación a las causas que promueven”, alerta.

El financiamiento

Además, remarca la comisión que el derecho a recibir financiamiento en el marco de la cooperación internacional para la defensa y promoción de los derechos humanos está protegido por la libertad de asociación.

Y señala que al respecto, la Asamblea General de Naciones Unidas, “ha señalado que es legítima la recolección de donaciones y contribuciones de organizaciones gubernamentales e intergubernamentales extranjeras por parte de individuos, grupos e instituciones dedicadas a la promoción y protección de derechos humanos”.

Para la comisión es peligroso que no sea la primera que el Estado venezolano “busca imponer restricciones al funcionamiento de las organizaciones de la sociedad civil”.

Y por ello rememoró que en el 2021, a través de una providencia administrativa”, se buscaba que las ONG fuesen registradas ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo de Venezuela.

“A esto se suma la existencia de un contexto adverso para la defensa de los derechos humanos en el país, en el que se han reportado recurrentes campañas de desprestigio, estigmatización, actos de hostigamiento y criminalización contra las personas defensoras de los DD.HH”.

La CIDH remarca que “la labor que ejercen los defensores de los DD.HH. es fundamental para la consolidación de una sociedad democrática y del estado de Derecho. Por ello, se insta Venezuela a abstenerse de aprobar el proyecto”.

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