El TSJ encarga a Tareck El Aissami coordinar con gobernadores y alcaldes cuáles serán sus nuevas potestades tributarias
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)del régimen suspendió por el lapso de noventa días, la aplicación de cualquier instrumento normativo dictado por los concejos municipales y consejos legislativos de los estados que establezcan algún tipo de tasa o contribución de naturaleza tributaria.
La información fue publicada por el tribunal en sus redes sociales y explica que la medida alcanza también a “cualquier decreto o acto administrativo de efectos generales dictado con la misma finalidad, por los alcaldes o gobernadores”.
La sala emitió la sentencia N° 078-2020 que ordena a Tareck El Aissami, para que, junto con los gobernadores, los alcaldes y el jefe de gobierno del Distrito Capital, conforme una mesa técnica a fin de coordinar los parámetros dentro de los cuales ejercerán su potestad tributaria.
Destaca que esta potestad haga énfasis en “armonizar lo referido a los tipos impositivos y alícuotas de los tributos”.
Igualmente, la decisión redactada por el magistrado Arcadio Delgado Rosales, ordena a Tareck El Aissami presentar “un informe detallado de las actuaciones desplegadas en ejecución de la sentencia”.
Recuerda el fallo que cuando las distintas personas político-territoriales ejercen sus competencias en materia tributaria, debe ser conforme con los principios y valores que informan al sistema tributario en general, señalados en el artículo 316 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para garantizar que las entidades político-territoriales no excedan los límites constitucionalmente establecidos.