El expresidente de Pdvsa será juzgado por los presuntos delitos de peculado doloso propio y evasión de licitaciones
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen declaró procedente la solicitud de extradición de Rafael Darío Ramírez Carreño a Italiana, “para ser sometido a un proceso penal en Venezuela”.
En nota de prensa publicada por el organismo, se acusa a Ramírez pos “la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio, evasión de procedimiento licitatorio y asociación, previstos y sancionados en los artículos 54 y 60 de la Ley Contra la Corrupción y 37 de la Ley Contra Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente”.
Señala la sentencia, redactada por el magistrado Juan Ibarra, que el expresidente de Pdvsa “será juzgado únicamente por su presunta participación en la comisión de los delitos antes mencionados, con las debidas garantías consagradas en la Constitución”.
Aclara el fallo que la petición cumple con “los requisitos de procedencia, también se cumplen a cabalidad los principios generales que rigen la materia de extradición en Venezuela”.
La sentencia recuerda que en el 2017 el Ministerio Público solicitó la orden de aprehensión contraRamírez, luego que el diputado de la Asamblea Nacional, Luis Parra, denunció “la situación de las cancelaciones excesivas diarias de un contrato celebrado entre la empresa Pdvsa Servicios, S.A. y Petrosaudi Oil Services (Venezuela) LTD, realizando además una comparación entre la oferta suministrada por la empresa Petrosaudi y la cual fue contratada con las tarifas que cobraban embarcaciones que realizaban ese tipo de trabajos para la fecha de los hechos, detallándose que los precios eran sumamente inferiores a los que quedaron asentados en el contrato”.