jueves, abril 25, 2024

TSJ DA LUZ VERDE al allanamiento de inmunidad de diputada capturada por narcotráfico

Felix Azuaje
Felix Azuaje
Periodista con más de 20 años de experiencia en medios impresos, radio y digitales

La Sala Plena del máximo tribunal indica que los argumentos presentados por el Ministerio Público son suficientes para proceder ante un tribunal ordinario y no se realice un antejuicio de mérito

Una vez conocidos los indicios presentados por el Ministerio Público, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), determina que la diputada chavista, Taina de los Ángeles González Rubio Andara, tiene plena responsabilidad flagrante ante delitos de narcotráfico, por lo que ha dado luz verde para el allanamiento de su inmunidad ante la Asamblea Nacional (AN).

En ponencia del presidente del tribunal, Maikel Moreno, se sentencia que “por tratarse de la comisión flagrante de delitos comunes, atendiendo lo dispuesto en la sentencia N°1.684, del 4 de noviembre de 2008, dictada por la Sala Constitucional del TSJ, no procede el antejuicio de mérito de la ciudadana Taina de los Ángeles González Rubio Andara, en razón de lo cual su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP)”, dice parte del comunicado.

¿Por qué no hay Antejuicio de Mérito ante el TSJ?

Una vez conocida dicha sentencia, la remiten a la Asamblea Nacional, tal y como lo establecen las normativas. Quedará en manos del Parlamento la discusión sobre el allanamiento de la inmunidad de la diputada detenida.

Lea también: GUAIDÓ: Maduro «reconoce acusaciones de narcotráfico y está en una guerra de carteles»

Posteriormente, al aprobarse dicho allanamiento de la inmunidad parlamentaria, el proceso deberá continuar de la mano del Ministerio Público, pero ante un tribunal ordinario. No se puede llevar a cabo ante el TSJ bajo la figura de un Antejuicio de Mérito.

La Constitución de Venezuela establece en su artículo 200 que los “diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley”.

De aprobarse el allanamiento de la inmunidad parlamentaria por parte de la AN, el caso lo lleva un tribunal ordinario y no el TSJ. Esto debido a que la funcionaria ha perdido el privilegio.

Por ende, no pueden enjuiciarla en un Antejuicio de Mérito; figura judicial utilizada solamente para altos funcionarios como el Presidente de la República, ministros, altos oficiales de la Fuerza Armada Nacional y diputados, entre otros.

Vale acotar que esta figura es aplicable siempre y cuando a los funcionarios no los detengan de manera flagrante y el TSJ certifique dicha flagrancia.

Google News
Pulsa para seguirnos en Google News
Suscribir
Notificar de
guest

0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios

Mantente actualizado

Suscríbete a nuestro newsletter para recibir noticias y eventos importantes.

Nunca te enviamos spam, ni compartimos tu dirección de correo electrónico.
Aprende más de nuestra política de privacidad.

En portada ↓
Últimas noticias ↓
Más noticias sobre este tema ↓
0
Me encantaría tu opinión, por favor comenta.x