sábado, mayo 18, 2024

TRAS EL MADRUGONAZO de María Corina Machado: se espera “pronta respuesta” del TSJ a su inhabilitación

Los expertos Oscar Arnal, Perkins Rocha y José Ignacio Hernández coinciden en que el TSJ debería responder esta semana para que cumpla el acuerdo de Barbados

Definitivamente, el hecho de que María Corina Machado, candidata de la oposición a las elecciones presidenciales del 2024, acudiera al TSJ a última hora, antes de que se venza el plazo impuesto para “recurrir” su inhabilitación, fue una sorpresa para todos, principalmente, para el oficialismo.

Cabe recordar que, hasta el último minuto, Machado aseguró que no iría al Tribunal, porque no había cometido ningún delito y no le habían informado de algún procedimiento en su contra.

Pero, una vez que acudió al TSJ, ¿Qué se espera? Los expertos aseguran que lo que le queda al máximo juzgado es responde y “pronto”, porque “se debe cumplir el acuerdo de Barbados, en el sentido de que para el 2024, las partes se comprometieron a procurar elecciones libres y justas.

Los expertos aseguran que el TSJ debía responder este lunes 18 de diciembre, pero esa respuesta no ha llegado.

Buen trabajo

Para el abogado y exprocurador de la presidencia interina de Juan Guaidó, José Ignacio Hernández, lo primero que hay que evaluar es la estrategia de la defensa de MCM.

“El error es tratar de interpretar esto solo como una defensa estrictamente jurídica, los abogados de María Corina Machado han hecho muy bien su trabajo”, dijo en entrevista con un portal digital.

Sin embargo, aclaró que más allá de si la inhabilitación es legal o no, lo que se debe tener claro es que se trata de un tema político.

“Todos sabemos que esto es una negociación política y que el Tribunal Supremo de Justicia no es más que la fachada de la cual se vale (Nicolás) Maduro para actuar políticamente, por lo tanto, una cosa es lo que la ley dice y otra la que el TSJ haga en este caso”, manifestó.

Para el experto, “la demanda presentada por María Corina Machado ante el TSJ es, jurídicamente, impecable. Se basa en las actuaciones de hecho que impedirían su postulación como candidata. ¿Qué puede pasar en la práctica?”, preguntó.

Asimismo, considera que “la demanda ante el TSJ es un medio, no un fin. El fin es muy claro: todos los candidatos, y en especial Machado, deben poder postularse como candidatos. El plazo para lograr ese objetivo se agota” alertó.

Por su parte, el profesor de la Cátedra de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela, Oscar Arnal, cree que “la medida cautelar de amparo debe contestarse en un tiempo perentorio”.

“La respuesta debe ser lo más inmediata posible porque se están violando derechos fundamentales. Están obligados a decidir lo antes posible”, pues la demanda involucra la violación de derechos fundamentales, explica el experto en entrevista con la VOA.

Según Arnal, está en juego el desarrollo de la campaña electoral de una candidata para las presidenciales del próximo año. Cualquier impedimento que tenga, alega, “atenta contra ese derecho a elegir y a ser elegido”.

Comenta a la Voz de América que la decisión sobre amparos cautelares no se ven frenadas por el receso judicial en Venezuela, hasta enero, ya que guardan relación con derechos fundamentales.

Arnal opina que la acción judicial del viernes pone una “espada de Damocles” sobre el gobierno de Maduro debido a la advertencia de Estados Unidos de revertir la flexibilización de sanciones económicas si se toman pasos contrarios a una elección transparente en 2024.

“El TSJ es muy irregular en los tiempos para decidir. Lo que sí está documentado es que a los opositores tarda en responder, en este caso como se trata de un acuerdo político no sabría qué tanto puede demorar, la lógica que se sigue no es la del estado de derecho o lo pautado en la ley”, advierte.

No es una apelación


De su lado, Perkins Rocha, abogado de Machado, recordó en X que no existe una sentencia judicial “firme de carácter penal” que haya declarado la inhabilitación. Su demanda no es una apelación, aclaró.

Explicó que Macado “presentó una demanda de reclamación, conjuntamente con amparo, contra las vías de hecho que materialmente le impiden ejercer a plenitud sus derechos políticos”.

Añade que “sobre ella no pesa ningún acto de inhabilitación ni existe ningún procedimiento administrativo que se haya iniciado con garantías del debido proceso para ese fin”.

Debe quedar claro, añade el experto, “ella no demanda la nulidad de un acto de inhabilitación, pues este no existe. Ella ataca las irregulares vías de hecho de un régimen que quiere aparentar administrativamente lo que no existe”.

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