viernes, abril 19, 2024

¡TODAS EN EL MISMO SACO! Ley contra las ONG afecta a todas las organizaciones civiles

La amplitud con la que está redactado el texto lo convierte en una amenaza para cualquier expresión de la sociedad civil organizada en Venezuela y muestra una vocación totalitaria del partido de Gobierno

Casi todas las organizaciones civiles sin fines de lucro que hay en el país, sean de hecho o de derecho, serán afectadas por el proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional (AN).

El alerta lo hizo la ONG Acceso a la Justicia que publicó un informe sobre los “detalles” que no se saben del instrumento legal.

“Aunque la propuesta del chavismo se refiera a las organizaciones no gubernamentales (ONG), en realidad atañe a casi todas las instancias de la sociedad civil organizada en Venezuela, sin importar si son de derechos humanos, asistenciales, humanitarias, educativas, culturales o se dediquen a cualquier otro ámbito, siempre que no estén reguladas por leyes especiales, tales como sindicatos o gremios, por mencionar algunas”, destaca la ONG en el documento.

Esta es la conclusión a la que llegó Acceso a la Justicia a analizar los artículos 2, 6 y 8 del proyecto aprobado el pasado 24 de enero.

El artículo 2 señala que el texto se aplicará a “las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades en la República Bolivariana de Venezuela, que adquieran por la vía jurídica o, de hecho, la forma de organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades no financieras incluidas las que se realizan a través de medios electrónicos”.

Aunque la parte final del artículo 2 señala “se exceptúan (de cumplir lo dispuesto en este texto a) aquellos sujetos que, por la naturaleza propia de la actividad que ejercen, se rigen por una normativa legal especial, así como aquellos sujetos que, de manera expresa, sean exceptuados del régimen previsto en esta ley”.

Por su parte, el artículo 6, en particular su numeral 3, define como ONG a “una organización civil, en cualquiera de sus distintas formas, expresiones, que no dependen del Estado, que no tienen fines ni ánimo de lucro, cuyas actividades se encuentran orientadas a los fines benéficos, sociales, o de interés general, relacionados con la preservación del medio ambiente, la salud, desarrollos científicos, tecnológicos, de derechos humanos, artísticos, literarios, religiosos, educativos u otros ámbitos de utilidad general”.

Lea también: EL CONTUNDENTE pronunciamiento de la ONU sobre la ley chavista “anti ONG” – VIDEO IMPACTO VENEZUELA

La definición


“Las Organizaciones No Gubernamentales manifiestan su personalidad jurídica a través de figuras de derecho privado tales como fundaciones, asociaciones, corporaciones, sociedades y otras, siempre que su objeto no suponga ánimo de lucro y no sean gobernadas, dirigidas u operadas, directa o indirectamente, por organismos del Poder Público de un Estado”, señala la definición de los sujetos de esta ley.

¿El motivo? Todas las instituciones antes mencionadas son organizaciones civiles «sin fines de lucro», realizan «actividades con fines benéficos, sociales o de interés general» y, además, «por la naturaleza propia de la actividad que ejercen», no se rigen por una normativa legal especial, por ejemplo, los gremios de profesionales o los sindicatos.

Pero las organizaciones señaladas y otras muchas más, incluidas las caritativas como Cáritas de Venezuela o las religiosas como la Confederación de Asociaciones Israelitas de Venezuela (CAIV), deberán cumplir además con la avalancha de trámites que el texto incorpora, so pena de multas o desaparecer.

Aunque, como ya se dijo, las reguladas por leyes especiales están excluidas de la aplicación de la ley, entre las que está por ejemplo la Iglesia, sus asociaciones, fundaciones o confederaciones sí entran en el ámbito de la ley.

No solo las criollas están en la mira


El proyecto de ley no solo pone en la mira a las ONG nacionales, sino también a las extranjeras que operan o quieran operar en el país.

El artículo 11 del borrador señala que:

“Las organizaciones no gubernamentales domiciliadas en el extranjero, sólo podrán operar en el país tras obtener una habilitación para hacerlo. Esta será otorgada por el Ministerio con competencia en materia de relaciones exteriores, que será el órgano encargado de determinar los requisitos y procedimientos a seguir para obtenerla”.

Pero la obtención del permiso no es el fin del camino, sino un peaje más. Así, las agrupaciones luego deberán recorrer el mismo tortuoso camino que las nacionales, es decir, inscribirse en el «registro especial», donde tendrán que reportar «su objeto y fines, las zonas en las que desarrollan actividades, las personas involucradas y las formas de financiamiento de las mismas”.

¿Cómo nos afecta?


Acceso a la Justicia alerta: “se equivocan aquellos que creen que el proyecto de Ley está destinado a silenciar y acallar solamente al movimiento de derechos humanos. La amplitud con la que está redactado el texto lo convierte en una amenaza para cualquier expresión de la sociedad civil organizada en Venezuela y muestra una vocación totalitaria del partido de Gobierno”.

La sociedad civil organizada ya está regulada, y este texto “lo que hace es incluir disposiciones que dificultan enormemente la posibilidad de ejercer los derechos a la asociación y a la participación ciudadana en los asuntos públicos”, agrega.

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