Hay dos actores fundamentales que deben definir su participación en los venideros comicios
Vicente Díaz, exrector del Consejo Nacional Electoral (CNE) afirma que la decisión...
Artículo 63. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.
Artículo 189 de la Constitución: La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento de la población total del país.Cada entidad federal elegirá, además, tres diputados o diputadas.Los pueblos indígenas de la República Bolivariana de Venezuela elegirán tres diputados o diputadas de acuerdo con lo establecido en la ley electoral, respetando sus tradiciones y costumbres.Cada diputado o diputada tendrá un suplente o una suplente, escogido o escogida en el mismo proceso.
Artículo 10. En cada estado y en el Distrito Capital, se elegirán tres diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, más un número de diputados y diputadas igual al resultado de dividir el número de su población entre una base de población igual al uno coma uno por ciento (1,1%) de la población total del país.
El acuerdo aprobado estipula pedir a los países vecinos tomar acciones para evitar la extracción de los combustibles desde el territorio venezolano
La Asamblea Nacional...
El Tribunal Supremo de Justicia de Nicolás Maduro (TSJ) designó este viernes 12 de junio a los nuevos rectores principales del Consejo Nacional Electoral,...