viernes, abril 19, 2024

¡PROHIBIDO! Asesinos y violadores de niños a PRISIÓN PERPETUA

Claro mensaje: Colombia reglamenta la prisión perpetua para los criminales de niños. Asesinos y violadores quedan advertidos. Así se logró

En 2020 se aprobó la cadena perpetua para asesinos y violadores de niños. Justo un año después se reglamenta el proyecto de Ley y solo queda que la firme el Presidente Duque.

A los niños en Colombia que han sido víctimas de abuso sexual se les está haciendo justicia, centenares de ellos murieron a consecuencia de la crueldad del delito.

Por eso con la reglamentación de la ley que otorga cadena perpetúa a los victimarios, a partir de este junio de 2021 miles de niños serán protegidos de atroces delitos.

Una vez la Ley sea firmada por el presidente Iván Duque, podrá ser utilizada en Colombia.

En este sentido el proyecto de ley tiene un aporte importante, fue autoría del Ministerio de Justicia y reglamenta tres elementos de la reforma constitucional con la que se creó la prisión perpetua:

  • 1. Su condición excepcional
  • 2. El control automático de la pena ante el superior jerárquico-doble conformidad
  • 3. La revisión de la pena en un plazo mínimo de 25 años

“Genera una exigencia al Estado y a la sociedad de la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes sobre los derechos de los demás”, dijo el ministro de Justicia, Wilson Ruiz.

Ante esto, el ministerio del Interior, Daniel Palacios, aseguró que con este proyecto de ley se envía un mensaje a los criminales para proteger a los menores.

“Hará una realidad para quienes abusen de nuestros niños y niñas, de quienes le quiten la vida a lo más protegido y sagrado de nuestro país”, dijo Palacios.

Pero más allá de que el Gobierno haya sido el gestor del la Ley, con ella se establece la política pública.

Para prevenir y dar lineamientos que ayudan en la efectividad de la investigación, la condena y la protección de niños víctimas.

Paso a paso

Previo a esta reglamentación de la Ley, se tuvo que modificar la Constitución de Colombia, específicamente el Artículo 34 (Se prohíben penas de destierro y confiscación.).

Con el que ahora se abre paso para el establecimiento de la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes.

Y, principalmente disminuir una cifra aterradora en Colombia, la de 62 casos diarios de violencia sexual contra menores. Es decir cada hora, tres niños son objeto de violencia sexual.

Entonces ahora, de manera excepcional cuando un niño, niña o adolescente sea víctima de estos delitos, se podrá imponer como sanción hasta la pena de prisión perpetua

Las conductas por las cuales se podrá imponer como sanción hasta la pena de prisión perpetua son:

  • Homicidio en modalidad dolosa
  • Acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir.

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La Ley Gilma Jiménez

A este acto legislativo se le conoce como la Ley Gilma Jiménez, en honor a la trabajadora social y política que propuso hace más de 13 años la prisión de por vida para los violadores a niños.

Su hija, Yohana Jiménez, lideró después de la muerte de su madre, los esfuerzos para que esta Ley ahora sea una realidad.

“Después de más de 13 años de lucha desde que mi mamá le propuso a Colombia poder encerrar para siempre a quienes cometen las peores atrocidades contra los niños, por fin, la Ley Gilma Jiménez, la prisión perpetua, es una realidad” declaró.

Por su parte el presidente Iván Duque celebró en su momento la promulgación de la ley que él mismo apoyó desde que era senador.

“Le estamos cumpliendo a Colombia con un congreso que trabajó con todos los partidos, lo cual demuestra que para la defensa de los niños de Colombia lo que hay es un criterio de unidad”, aseveró el presidente.

Duque destacó que este era un día “trascendental” porque se logró “poner por encima el artículo 44 de la Constitución, los derechos de los niños están por encima de los derechos de los demás”.

La Ley también será revisada por la Corte Constitucional.

Características de la Ley

La pena de prisión perpetua se aplicará solo en los casos en los que se reúnan diferentes conductas que agraven la agresión sexual contra un niño. 

En todo caso, la pena deberá ser revisada en un plazo no inferior a veinticinco (25) años, para evaluar la resocialización del condenado. 

Además se deberá formular una política pública integral que desarrolle la protección de niños, niñas y adolescentes, fundamentada principalmente en:

  • Alertas tempranas, educación, prevención, acompañamiento psicológico.
  • Garantía de una efectiva judicialización y condena cuando sus derechos resulten vulnerados.

Anualmente se presentará un informe al Congreso de la República sobre el avance y cumplimiento de esta política pública.

Así mismo, se conformará una Comisión de Seguimiento, orientada a proporcionar apoyo al proceso de supervisión que adelantará el Legislativo.

Hay detractores

Con posturas razonables y respetables, congresistas colombianos se han manifestados contrarios tanto a la promulgación como a la reglamentación de la Ley.

Entre ellos el senador Iván Cepeda quien señaló que la medida no va a mejorar la impunidad contra los niños de Colombia.

“El problema de fondo es la persecución criminal que tenemos en Colombia. Hay un 95 por ciento de impunidad de hechos contra menores y eso no lo va a corregir una condena perpetua”.

A su turno, el senador del partido Cambio Radical Rodrigo Lara lamentó la votación e indicó que la prisión perpetua no tendrá prosperidad en nuestro sistema judicial.

“Esta es una norma ineficiente e inconveniente”, dijo.

Detalles del proyecto

La pena máxima en el país será de 60 años, “salvo cuando al menos una de las disposiciones de la ley penal infringidas contemple como pena la prisión perpetua revisable”.

Se dispone que el sistema de cuartos, no podrá ser usado en los delitos que están contemplados entre los que deben ser castigados con la prisión perpetua.

Asimismo, se establece que los beneficios de la libertad condicional no podrán ser aplicados a los condenados a estas penas.

En esta línea se deja constancia que los acuerdos o negociaciones no caben en las penas que contemplan la cadena perpetua.

Todo homicidio en menor de 14 años recibirá dicho castigo.

En caso de que este tipo de delito sea cometido en menor de 18 años, se procederá a esta pena si este es sometido a “situación de indefensión o inferioridad o aprovechándose de su discapacidad física, psíquica o sensorial”.

La pena de prisión perpetua solo puede ser aplicada a los autores o determinadores “con dolo directo y en los casos de consumación de la conducta”.

Serán delitos imprescriptibles

Yohana Jiménez, concluyó que “la prisión perpetua para violadores y asesinos de nuestros niños es el principio del fin de la violencia que sufren los niños en Colombia”.

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