Luego de la activación del Estatuto de Protección vienen dos fases que se cumplirán en un lapso de 3 tres meses
Este lunes se activó el Estatuto de Protección Temporal para migrantes venezolanos. El mismo tendrá una vigencia de 10 años y con la cual ese país busca acoger legalmente a quienes han llegado de Venezuela huyendo de la crisis. El presidente Iván Duque firmó el decreto que le da vigencia al instrumento.
Pero ¿Qué viene después? Al respecto, el director de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa, explicó para Blu Radio que se abre un lapso de 90 días. En los siguientes tres eses posteriores a la publicación del Decreto, se llevarán a cabo dos fases:
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Fase 1: registro único de Migrantes Venezolanos que hace parte del Proyecto de Identificación y Registro de Ciudadanos venezolanos (RIC).
Fase 2: Expedición del Permiso por Protección Temporal.
“La primera fase será 100% virtual y tendrá tres pasos: diligenciar unos datos básicos, cargar una fotografía sencilla. También se va a diligenciar una encuesta que corresponde una caracterización socioeconómica. Esa primera fase empieza en mayo”, dijo.
“La segunda fase es presencial. Se llevará a cabo en Migración Colombia y tendrá dos elementos: corroborar unos datos básicos y proceder a las fotografías y la identificación biométrica. Esa segunda etapa comienza en septiembre”, añadió.