viernes, marzo 29, 2024

¡MEDIDA INSÓLITA! Jorge Arreaza rechaza sanción contra quienes condenaron a exdirectivos de Citgo

Trump toma una decisión insólita que sólo puede ser resultado de la barbarie imperial, dijo Jorge Arreaza

El canciller de Nicolás Maduro, Jorge Arreaza, rechazó la medida de los Estados Unidos de sancionar a la juez y al fiscal que actuaron para condenar a los exdirectivos de Citgo.

Acusó este miércoles a EE.UU. de amparar la corrupción y los “planes para desmantelar” la industria petrolera de Venezuela.

“En su obsesión antivenezolana, el agonizante Gobierno de Trump toma una decisión insólita que sólo puede ser resultado de la barbarie imperial. Amparan la corrupción y los planes para desmantelar nuestra industria petrolera. Han convertido a EEUU en la vergüenza mundial”, dijo Arreaza en Twitter.

EE.UU. impuso sanciones a la jueza Lorena Carolina Cornielles Ruiz y al fiscal Ramón Antonio Torres Espinoza. Ellos representaron “al régimen ilegítimo de Maduro”, afirmó en un comunicado el secretario de Estado, Mike Pompeo.

“Estos dos funcionarios desempeñaron papeles cruciales en la farsa de juicio de cada uno de los ejecutivos de Citgo. Los procesos estuvieron lastrados por una falta de garantías de juicio justo. Se basaron en cargos políticamente motivados”, aseguró Pompeo.

Lea también: EE.UU. sanciona a juez y fiscal que actuaron contra exejecutivos de CITGO

Cualquier propiedad o activo de la jueza o del fiscal bajo jurisdicción de Estados Unidos quedan bloqueados. Se prohíbe a los estadounidenses efectuar transacciones con ellos.

El TSJ condenó a 13 años y siete meses de prisión al expresidente de Citgo José Ángel Pereira Ruimwyk. Lo hizo por “peculado doloso propio y concierto de funcionario con contratista”. También por el “delito de asociación para delinquir”.

Además, impuso ocho años y 10 meses de prisión para otros cinco directivos de esa empresa. Tomeu Vadell Recalde, Jorge Luis Toledo Kohury, Gustavo Adolfo Cárdenas Cardona, José Luis Zambrano Colina y Alirio José Zambrano Colina- por “concierto de funcionario con contratista y asociación para delinquir”.

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