jueves, abril 25, 2024

¿JUSTICIA INDEPENDIENTE? La falsa promesa que encierra la reforma de la Ley del TSJ

La reforma de la Ley del TSJ que acaba de entrar en vigencia le asegura al Psuv el control absoluto sobre ese organismo y también sobre la designación de jueces

“El poder no corrompe: desenmascara”. Esto se demuestra con la reciente reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que acaba de entrar en vigencia.

Según un análisis de la ONG, Acceso a la Justicia, la reforma, que se hizo en menos de un mes, “dejó en claro que eran falsas las ofertas de una reinstitucionalización a fondo del sistema judicial”. Señala que el texto sancionado por la AN de Nicolás Maduro “desechó los tibios cambios para mejorar la independencia del máximo juzgado”. Por lo que el Psuv “optó por retener el control político que ejerce desde hace dos décadas para la designación de los magistrados”.

La primera señal de esta denuncia se traduce en que se dio “marcha atrás con la propuesta inicial de dejar que la mayoría de los miembros del Comité de Postulaciones Judiciales fueran miembros de la sociedad civil. Por el contrario, ahora se establece que la mayoría de los integrantes del órgano evaluador son diputados.

“El Comité de Postulaciones Judiciales está integrado por veintiún miembros designados por la plenaria de la Asamblea Nacional con las dos terceras partes de sus miembros”. De ellos “once son diputados y diez postulados por los otros sectores de la sociedad”. Así lo señala el artículo 65 modificado.

De paso, la reforma agrega una instancia que no está prevista en la Constitución. El Comité Preliminar, conformado por los once legisladores. Tendrá la labor de escoger a los miembros de los sectores que lo integrarán.

Lea también: AN CHAVISTA FRENA EL TROTE AL TSJ: claves de la reforma a la Ley Orgánica que ya está en vigencia

Todo cambia para no cambiar


Para la ONG, “la reforma de la LOTSJ es un claro ejemplo de la máxima del escritor italiano Giuseppe Tomasi di Lampedusa: “hay que cambiar todo para que nada cambie”.

La modificación reduce los magistrados de los 32 a 20. Pero, abre la puerta para que los actuales integrantes del organismo rector del Poder Judicial puedan continuar en sus puestos. Y esto es inconstitucional.

Con esta estratagema, los magistrados principales Juan José Mendoza, Arcadio Delgado Rosales y Carmen Zuleta de Merchán. Así como de Jhanett Madriz y Malaquías Gil, pueden volver a postularse. Se burlan así de la disposición constitucional que establece que solamente pueden optar a un período de doce años.

Finalmente, la nueva ley amplía el ámbito de competencias del Comité de Postulaciones Judiciales. Ahora también puede nombrar al inspector general de tribunales y al director de la Escuela Nacional de la Magistratura. Hasta ahora esas eran parte de las facultades del TSJ.

Lo anterior, igualmente viola la Constitución, artículos 254 y 267. Con, el comité, y por ende el Psuv, tendrá un control más directo de los jueces.


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