viernes, abril 19, 2024

HASTA ENERO de 2021: fronteras entre Venezuela y Colombia permanecerán cerradas

El ministerio del Interior de Colombia informó que las fronteras permanecerán cerradas hasta mediados de enero, excepto los casos de emergencia humanitaria y el paso de mercancía como alimentos y medicinas

Hace unas semanas, Migración Colombia anunció que las fronteras entre Colombia y Venezuela seguirían cerradas hasta el 1 de diciembre. Esto con la evaluación de la posibilidad de que la reapertura se diera en el último mes del año. Sin embargo,  el Ministerio del Interior del país vecino anunció que no hay posibilidad. Dijo que las fronteras permanecerán cerradas hasta mediados de enero de 2021.

Se trata del Decreto 1550 del 28 de noviembre de 2020. Allí se establece que “los pasos terrestres y fluviales con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, continuarán cerrados”. La medida tiene vigencia “a partir de las cero horas del 1 de diciembre de 2020, hasta las cero horas del 16 de enero de 2021”. La información la publicó el diario La Opinión.

De acuerdo con el documento, se exceptúan del cierre de frontera, las siguientes actividades: emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, caso fortuito o fuerza mayor y la salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

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Destaca que, quienes apliquen para estas excepciones, deberán cumplir con todos los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, a fin de evitar el contagio y la propagación del coronavirus.

Las fronteras con Venezuela se encuentran cerradas desde el pasado 17 de marzo. 

Así mismo, el decreto establece que en ningún municipio del país se podrán habilitar los eventos de carácter público o privado que generen aglomeraciones. Tampoco están autorizadas las discotecas y lugares de baile. Queda prohibido el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes. 

Para leer el decreto completo haga click en este enlace:

https://www.laopinion.com.co/sites/default/files/2020/11/29/archivos/decreto_1550_del_28_de_noviembre_de_2020.pdf

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