domingo, abril 28, 2024

CONDENAN A VENEZOLANO a 20 años de cárcel por matar a una mujer trans en Chile

Josué de Jesús Ferreira Iguarán incendió el rancho donde vivía Camila Ignacia Palma, quien murió por las quemaduras en 100% del cuerpo, hecho ocurrido el 2 de agosto del año pasado en Valparaíso

El Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso sentenció a 20 años de cárcel a Josué de Jesús Ferreira Iguarán a un venezolano, luego de incendiar el rancho o casucha donde vivía una mujer trans, quien falleció en el hecho registrado en la avenida Errázuriz de esa ciudad chilena, el pasado 2 de agosto de 2022.

La víctima fue identificada como Camila Ignacia Palma, reseña el portal G5Noticias.cl.

“Con fecha 2 de agosto del año 2022, aproximadamente a las 17:15 horas en el sector del nudo Barón, en avenida Errázuriz a un costado de la línea férrea existente en el lugar, el imputado Josué de Jesús Ferreira Iguarán se posicionó fuera del ruco (rancho) que sirve de lugar destinado a la morada de la víctima”, señala el fallo publicado por el portal.

“Sabiendo de su presencia (de Camila), incendiándola, para acto seguido huir del lugar, ocasionándole a la afectada a raíz de la acción ejercida por el de manera directa e inmediata, su muerte por la acción del fuego, todo lo anterior por disputas sostenidas en horas de la mañana por problemas de droga”, señaló el Fiscal Subiabre en su acusación.

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Agrega que Ferreira Iguarán “le quitó la vida a otro ser humano, usando el medio comisivo del fuego, causándole en consecuencia, de forma deliberada e inhumana un dolor que se extendió por poco más de cuatro horas, entre el inicio de las quemaduras que afectaron el 100% de su cuerpo y su deceso en el hospital local”.

“Los hechos narrados en la consideración que antecede, en concepto de este Tribunal, configuran el delito de homicidio calificado, cometido con la circunstancia cuarta del artículo 391 N.º 1 del Código Penal, esto es, ensañamiento”, señala la sentencia.

El sentenciado se encuentra en “condición migratoria irregular” y, además de la condena efectiva debe pagar “penas accesorias”.

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