jueves, marzo 28, 2024

CÓMO EL CASO DE LEONER AZUAJE demuestra las políticas de exterminio del madurismo

Hasta 2022, once presos políticos o disidentes han perdido la vida en los calabozos de los organismos de inteligencia, una lista en la que figuran en 2019 el capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo

El caso de Leoner Azuaje Urrea, cuya muerte en detención se anunció el pasado 20 de abril, luego de haber sido detenido por su presunta implicación en las tramas de corrupción desarticuladas por las autoridades en las últimas semanas, revela que los mandatos previstos en los artículos 43 y 272 de la Constitución son letra muerta.

Además, con una muestra de que las cárceles venezolanas ya no solo son universidades para el crimen, sino que en muchas oportunidades son centros en los que está en riesgo la vida de los reclusos, denunció la ONG Acceso a la Justicia, para la cual esto es solo una política de extinción de la actual administración.

En un infoeme sobre la muerte de este funcionario, la organización lamenta que se hayan incumplido las reglas de la Carta Marga que establecen: «El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad» y «garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno y el respeto a sus derechos humanos».

Lea también: LAS EXTRAÑAS SIMILITUDES entre los casos de Leoner Azuaje y Fernando Albán

¿Cómo ocurrieron las cosas?

A Azuaje Urrea lo detuvieron agentes de la Policía Nacional contra la Corrupción el pasado 14 de abril y hasta ese momento ocupaba la presidencia de la estatal Cartones de Venezuela.

Sin embargo, fue el día 19 cuando las autoridades anunciaron su captura y lo presentaron ante los tribunales, es decir, más allá de las 48 horas previstas en el artículo 44.1 de la Constitución.

Horas después de su imputación ante el juzgado, el fiscal general impuesto por la Asamblea Nacional Constituyente, Tarek William Saab, anunció el fallecimiento del exfuncionario y calificó el hecho como un suicidio.

Un día después, el titular del Ministerio Público (MP) aseguró que el detenido se quitó la vida usando unas sábanas para ahorcarse en la habitación donde estaba recluido y que habría dejado cartas dirigidas a sus familiares en las que informaba de su decisión y «donde a la vez asume el error cometido» (en referencia a las presuntas irregularidades que habría cometido en su gestión).

Dudas y más dudas

Esta versión fue puesta en duda de inmediato por los familiares de Azuaje Urrea a través de una serie de videos que difundieron por redes sociales.

«A él se lo llevaron de su apartamento, de su casa el 14 (de abril) y lo dejaron detenido. Yo estuve seis días sin saber de mi hijo. Fuimos al Sebin y nos tiraron la puerta en la cara, fuimos a la Fiscalía y nos cerraron las puertas, nadie nos dijo nada de mi hijo».

Esta fue una denuncia de su madre, quien pidió protección para toda su familia, la cual consideró que está en «peligro».

No es la primera vez

No es la primera vez que las autoridades sostienen que un detenido se quita la vida para evadir el proceso en su contra.

El 8 de octubre de 2018 Saab dio la misma razón para explicar la muerte del entonces concejal opositor Fernando Albán, quien tres días antes fue aprehendido por agentes del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) a su vuelta de un viaje a Naciones Unidas.

Desde el primer momento, familiares y cercanos al fallecido restaron credibilidad a esta versión y denunciaron que la causa de su muerte habrían sido las torturas y malos tratos a los que fue sometido para incriminar a otros dirigentes opositores en casos como el supuesto atentado con drones contra Nicolás Maduro, ocurrido en agosto de ese mismo año.

Saab llegó a amenazar con procesar penalmente a quienes pusieran en duda la tesis oficial del suicidio, porque «estaban mintiendo». No obstante, dos años después el fiscal se desdijo y admitió que el exconcejal murió a manos de sus custodios, sin disculparse con aquellos a quienes amenazó.

Uno más y contando


Hasta 2022, once presos políticos o disidentes han perdido la vida en los calabozos de los organismos de inteligencia, una lista en la que figuran en 2019 el capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo; y en 2021 el exministro de la Defensa, general en Jefe (r) Raúl Isaías Baduel; el líder indígena Salvador Franco o el expresidente de Petróleos de Venezuela, Nelson Martínez.

A Azuaje Urrea no se le puede considerar un preso político, pues su detención no se produjo en represalia por críticas a las autoridades o por su postura política.

Hasta el momento de su aprehensión el hoy fallecido mantuvo un apoyo irrestricto a las posturas del Gobierno de Maduro, tal y como se constata al hacer una revisión de su cuenta de Twitter.

En consecuencia, este caso no se puede considerar como la décimo segunda muerte de un disidente, pero sí engrosa la aún mayor lista de privados de libertad a los que el Estado ha sido incapaz de garantizar el derecho más básico de todos: la vida.

Desde 2017 hasta enero de 2022, 399 reclusos habían muerto en las prisiones venezolanas por desnutrición, denunció la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su informe anual correspondiente a 2022.

Por su parte, el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) denunció que el año pasado 76 privados de libertad fallecieron debido al hacinamiento, las malas condiciones sanitarias y a la escasa alimentación. La tuberculosis es una enfermedad que está causando estragos en las prisiones, de acuerdo con el reporte de la agrupación.

Abultando el expediente


Lo ocurrido con Leoner Azuaje Urrea parece ir en franca violación de las obligaciones internacionales del Estado y podría acarrearle consecuencias.

En varias sentencias, algunas de ellas referidas a Venezuela (caso Retén de Catia y cárcel Vista Hermosa, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló: «El Estado, como responsable de los establecimientos de detención, se encuentra en una posición especial de garante de los derechos de toda persona que se halle bajo su custodia».

Asimismo, ha indicado que las autoridades están en «la obligación especial de diseñar y aplicar una política penitenciaria» que prevenga situaciones en las que los detenidos puedan estar en peligro. Dichas políticas deben incluir la adopción de:

«Medidas de seguridad necesarias para la protección de los mismos, manteniendo los establecimientos carcelarios en condiciones dignas de higiene, sin hacinamiento, separar los reclusos de diferentes categorías según su razón de detención, evitar la presencia de armas en poder de los internos, proveer personal capacitado y en número suficiente para asegurar el adecuado y efectivo control, custodia y vigilancia del centro penitenciario, además de proteger la violencia, que en ausencia de control estatal, pueda ocurrir entre los reclusos y con ello ocasionar muertes».

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