viernes, abril 19, 2024

AN chavista aprueba en primera discusión Ley Orgánica de Extinción de Dominio

La Ley Orgánica de Extinción de Dominio podrá ser aplicada a quien haya huido del país, y obliga a  todos funcionario a denunciar cuando conozca que se está cometiendo un delito

Con urgencia reglamentaria y por unanimidad, la Asamblea Nacional (AN) chavista aprobó en primera discusión el Proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio.

 Con este instrumento legal el chavismo aspira  establecer los mecanismos que permitan la identificación, localización y recuperación de los bienes relacionados o derivados de actividades ilícitas y la extinción de los derechos relativos al dominio de los mismos a favor de la República, sin contra prestación ni compensación alguna.

El proyecto fue presentado por Diosdado Cabello Rondón (PSUV/Monagas), quien  expuso que la normativa consta de 46 artículos distribuidos en cuatro capítulos y una disposición derogatoria general.

Lea También: Diosdado propone Ley de Extinción de Dominio  para meterle la mano en los bolsillos a los corruptos (+Video)  

Destacó que “Con esta ley se busca reparar los daños causados al Estado y al pueblo por hechos de corrupción”.

Agregó que con esta ley estará implicado en delito hasta quien no denuncie los hechos de corrupción.

Indicó también que se le aplicará la Ley Orgánica de Extinción de Dominio a quien haya huido del país, y apuntó que todo funcionario está obligado a denunciar cuando conozca que se está cometiendo un delito.

Datos más relevantes de la ley

  • Fortalecer las capacidades del Estado para combatir con eficiencia estas prácticas delictivas incorporando el ordenamiento jurídico venezolano un instrumento de política criminal como la extinción de dominio.
  • La extinción de dominio es una fórmula jurídica que permite transferir al Estado la titularidad de los bienes relacionados con actividades calificadas como delitos en la legislación contra la corrupción, la delincuencia organizada, financiamiento al terrorismo, la legitimación de capitales, aún cuando no se haya dictado sentencia en el proceso penal.
  • La figura de extinción de dominio procede mediante sentencia sin contraprestación ni compensación de ninguna naturaleza. La solicitud la solicita el Ministerio Público y la resuelve un tribunal de control en un proceso breve y simplificado.
  • La propiedad privada adquirida legítimamente está reconocida como derecho humano protegido por la Constitución y diversos tratados internacionales. Este derecho no es absoluto y puede ser reconocido cuando se trata de bienes obtenidos productos de actividades ilícitas.
  • Comprende de 46 artículos que serán distribuidos en 4 capítulos.
  • Se crearán juzgados especiales para este tema.
  • Si la persona está en el extranjero igual se realiza la detención de dominio, esté o no este en el país.
  • Sí una persona cometió alguno de los delitos hace 5 o 10 años le caerá dicho proyecto de ley

Con información medios oficiales – agencias

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