jueves, abril 25, 2024

¡AMPARADO EN LA REFORMA DEL COPP! Capitán Caguaripano podría ser uno de los beneficiados

Felix Azuaje
Felix Azuaje
Periodista con más de 20 años de experiencia en medios impresos, radio y digitales

Para la organización no gubernamental de Derechos Humanos, Foro Penal, hay 67 presos políticos que deberían ya tener un oficio de los tribunales para continuar su juicio en la calle y otros 61 deberían estar en pleno proceso de estudio de su libertad

El capitán de la Guardia Nacional Juan Carlos Caguaripano podría ser uno de los presos políticos beneficiados tras la reforma del artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal.

Así lo dio a entender Alfredo Romero, directivo de la organización no gubernamental de Derechos Humanos, Foro Penal, organización que este martes presentaría una interpretación específica del artículo 230 del Copp, el cual indica que un detenido con la figura de “detención preventiva” no puede estar más de tres años tras las rejas.

este sería el balance actualizado del Foro Penal con respecto a presos políticos. Foto: Mildred Manrique

Romero recalcó a nuestra reportera Mildred Manrique que actualmente en el país hay 61 “presos de conciencia” a los cuales les debe ser evaluada su condición. Ellos tendrían ya unos dos años detenidos bajo la figura antes mencionada.

¿Por qué Caguaripano es elegible?

Lo que llama más la atención de la ONG es que actualmente, además de los otros 61 presos, hay en las cárceles venezolanas 67 detenidos. Entre ellos el oficial Caguaripano, que tiene más de tres años encerrados sin sentencia y bajo la premisa de estar detenido “de manera preventiva”.

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Resaltó Romero que el artículo 230 indica que lo máximo que debe estar un detenido con esta figura jurídica son dos años. Salvo excepciones justificadas, un tribunal puede alargar la medida hasta un año más, pero de cumplirse los tres años el detenido debe salir a la calle y continuar su proceso judicial en libertad.

Es por ello que casos como el del capitán Juan Carlos Caguaripano, quien fue detenido el 11 de agosto de 2017 y Ermilendris Benítez acusada de “magnicidio” y detenida también en agosto del 2018, deberían, según Romero, tener ya una libertad de “oficio” firmada por los respectivos tribunales de ambas causas.

En el caso de Benítez los familiares recalcaron que durante su detención la mujer tuvo un aborto y actualmente se encuentra delicada de salud.

Otro caso emblemático es el de Antonio González, quien fue apresado en junio del 2015. Así como Jormer Escalona, José Eloy Díaz, Alejandro Pérez Gómez y Humberto De La Sota Quiroga. Todos detenidos entre mayo y agosto del 2018, así como muchos otros.

Romero resaltó que estos 67 presos políticos que tienen más de tres años detenidos deben ser liberados de inmediato. Sobre los otros 61 que tiene dos años tras las rejas, se deben estudiar sus medidas.

Tribunales militares

Otro tema de la referida reforma del Copp fue el relacionado al enjuiciamiento de civiles en tribunales militares.

Romero considera que a partir de este momento ningún civil podrá ser enjuiciado en un tribunal militar, aunque el delito sea cometido en dicha jurisdicción. A partir de este momento todas las causas que se encuentren bajo los tribunales castrenses deberán pasar a uno civil. No podrán volver a cero; es decir, los procedimientos adelantados deberán continuar su curso.

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