sábado, abril 27, 2024

A LA CÁRCEL John Poulos por la muerte de la DJ Valentina Trespalacios

Un tribunal colombiano determinó que asesino de la DJ es un peligro y hay un real riesgo de fuga, por lo que permanecerá en un centro penitenciario en Bogotá

Luego de unas 19 horas de audiencia que transcurrieron entre este miércoles y jueves 2 de febrero, el juez del Juzgado 59 Penal Municipal de Bogotá, ordenó que John Poulos fuera enviado a un centro carcelario en la capital colombiana, por el feminicidio de la DJ Valentina Trespalacios.

“Cárcel para John Poulos, quien habría causado la muerte a su novia Valentina Tres Palacios y ocultado su cuerpo en una maleta encontrada en un contenedor de basura”, publicó la Fiscalía del país vecino, en nota de prensa.

Aunque en el tribunal el abogado de la defensa de Poulos argumentó que no existieron ni ciclos de violencia, ni violencia económica por parte del ciudadano americano, el juez consideró que se cumplían todos los factores necesarios para decretar la medida, reseñó a su vez el portal Infobae.

“Según el material de prueba obtenido, John Nelson Poulos se trasladó en compañía de su pareja a un apartamento del norte de Bogotá, donde convivirían. Al parecer, en medio de un ataque de celos golpeó a la mujer y la asfixió presionándole el cuello”, refiere la publicación.

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Celos enfermizos

Para el ente acusador, Poulos mató a Trespalacios “como resultado de un proceso celotípico, basado en una obsesión permanente de la relación sentimental o de pareja sostenida con ella, hasta el punto de concebirla como un objeto personal, y por ende ejercía sobre ella un acoso y control sobe sus acciones y actuaciones personales como mujer”.

En la lectura de lo expuesto por la Fiscalía, el juez mencionó que Poulos le controlaba sus amistades, le miraba constantemente sus redes sociales y hasta contrató un investigador privado para que la siguiera.

Dichos comportamientos, para el organismo judicial, deben ser entendidos como violencias ejercidas, “dado que afectaba la integridad física, moral y psicológica de la víctima, pues le instrumentalizaba su condición de mujer”.

John Nelson Poulos aprovechó su condición de hombre, con una contextura gruesa parta dominar y reducir a Valentina Trespalacios para poder agredirla físicamente”, estableció la Fiscalía.

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Fue un feminicidio


El juez 59 hizo lectura de la jurisprudencia para determinar el enfoque de género. En ese orden, le indicó al traductor que le hiciera saber a Poulos el tipo de feminicidio cometido, ya que la imputación de este delito era la base de la medida de aseguramiento.

También señaló la legislación actual sobre el abordaje penal de este tipo de crímenes, especialmente la Ley 1761, Ley Rosa Elvira Cely.

Sobre la conducta imputada a Poulos, el juez argumentó el delito de feminicidio agravado bajo el artículo 104 A, en el que se estipula que el imputado por feminicidio será “quien causare la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género”.

También, citó el inciso del mismo artículo, en el que se establece que “tener o haber tenido una relación familiar, íntima o, de convivencia con la víctima, de amistad, de compañerismo o de trabajo y ser perpetrador de un ciclo de violencia física, sexual, psicológica o patrimonial que antecedió el crimen contra ella”, será causal de la imputación del delito.

En medio de su intervención, la máxima autoridad mencionó el artículo 104 B en el que se describen las circunstancias de agravación punitiva del feminicidio; en el cual, se establece que la pena, si Poulos llega a ser declarado como culpable por el delito de feminicidio agravado, será de entre 500 a 600 meses de prisión.

No obstante, si la justicia declara culpable a John Poulos por el feminicidio agravado de Valentina Trespalacios, el ciudadano norteamericano puede pagar una pena que se encuentra entre los 41 a 50 años.

El tribunal aseguró que existe un riesgo de reiteración en la conducta del ciudadano norteamericano, que lo convierte en un riesgo para la comunidad.

Y como “Poulos no tiene ningún vínculo con Colombia”, “es un riesgo latente que pueda salir del país, a este hecho, se suma la condición económica del imputado que le permitiría financiar su salida”

Por esas razones, entre otras, el tribunal ordenó que John Poulos sea trasladado a un establecimiento de reclusión que será dispuesto por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario.

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